Orden del Ministro de Economía, Energía y Empresa No. 791/2020 sobre la concesión de certificados de emergencia a operadores económicos cuya actividad se vea afectada en el contexto de la pandemia SARS-CoV-2 (Monitor Oficial no 248 de 2 de marzo de 2020).
Ayer 25 de marzo de 2020 se publicó, en el Boletín Oficial el "procedimiento de obtención de certificados de emergencia" mediante el acto reglamentario mencionado. Presentamos a continuación un resumen con los cambios legislativos en el contexto de la pandemia debido al SRAS-CoV-2, así como el procedimiento para la obtención de certificados de emergencia.
A. Facilidades relacionadas con la financiación de las PYME - Ordenanza de Urgencia no 29/2020: aplicación en el marco de un régimen de ayuda de Estado/de minimis;
B. i Facilidades para la subvención presupuestaria del paro técnico - Ordenanza de emergencia no 30/2020: los gastos del presupuesto del seguro de desempleo pueden estar cubiertos por fondos externos no reembolsables a través del Ministerio de Fondos Europeos, con el límite de las cantidades asignadas y de conformidad con las disposiciones y normas de exigibilidad aplicables.
I. Elegibilidad para la subvención del desempleo técnico
Estas facilidades pueden aplicarse en las siguientes situaciones, debido al estado de emergencia causado por el de virus COVID -19: a
- La empresa tiene su actividad cerrada total o parcialmente como resultado de una decisión de las autoridades (orden militar) o
- La empresa reduce su actividad y no tiene la capacidad financiera para pagar todos los salarios a sus empleados.
II. ¿Qué subvenciona el Estado?
- 75 % del salario básico correspondiente al puesto de trabajo, pero no más del 75 % del ingreso brutos medio, para las situaciones contempladas en i);
- El 75 % del salario básico correspondiente al puesto de trabajo ocupado, pero no más del 75 % de los ingresos brutos medios para no más del 75 % de los trabajadores que tienen contratos de trabajo activos individuales, para las situaciones contempladas en el inciso ii).
III. ¿Cuáles son las condiciones de elegibilidad?
De acuerdo con la Ordenanza de Urgencia:
- Las empresas de i) deben poseer un certificado de emergencia azul expedido por el Ministerio de Economía, Energía y Medio Ambiente Empresarial de la siguiente manera:
CONSEJO CERTIFICADO 1 (AZUL) - emitido para aquellos que lo soliciten en base a una declaración bajo su propia responsabilidad de la que resulte que la interrupción total o parcial de la actividad, es como resultado de decisiones dictadas por las autoridades competentes, de conformidad con la ley, durante el estado de urgencia decretado.
- Las empresas de ii) deben presentar un certificado de emergencia amarillo sobre la base de declaración de responsabilidad de la que resultan los siguientes resultados:
- disminución de los ingresos en el mes anterior a la presentación de la declaración bajo su propia responsabilidad, de al menos un 25% en comparación con la media de los ingresos en el período enero-febrero de 2020 y
- incapacidad financiera de todos sus empleados. Tenga en cuenta que la declaración jurada no contiene ninguna referencia a esta condición.
CONSEJO DE CERTIFICADO 2 (AMARILLO) - emitido para aquellos que lo soliciten sobre la base de declaración bajo propia responsabilidad que ponga de manifiesto una disminución de los ingresos en marzo de 2020 en un mínimo del 25 % en comparación con la media de los ingresos en el período enero-febrero de 2020.
IV. ¿Cuál es el procedimiento para obtener los certificados?
- La solicitud para su emisión será presentada por el solicitante, exclusivamente por via electrónica, a través de la plataforma http://prevenire.gov.ro/, y la expedición de los certificados se realizará automáticamente, electrónicamente, después de que el sistema haya validado la solicitud.
- Los certificados se obtendrán sobre la base de los siguientes documentos e información:
a) Datos de identificación;
b) Declaración de propia responsabilidad por el representante legal, que certifique que toda la información y documentos subyacentes a la solicitud del certificado son conformes con la realidad y cumplen con la legislación vigente en relación con el tipo de certificado solicitado, de conformidad con los requisitos establecidos en el artículo 2 en relación al cierre total o parcial de la actividad o de la reducción de los ingresos del importe indicado. Si el representante legal no tiene una firma electrónica, puede firmar el documento escrito a mano, y todos los documentos cargados en la plataforma http://prevenire.gov.ro (incluida la declaración de responsabilidad) serán firmados electrónicamente por el representante autorizado designado a tal efecto.
- Los documentos deben cargarse en la plataforma http://prevenire.gov.ro, bajo la firma electrónica del representante legal del operador económico o de un apoderado de este, titular de la firma electrónica.
- En el marco de las acciones de inspección y control llevadas a cabo por los organismos competentes, se verificará también los documentos que fueron base para la emisión de la declaración bajo propia responsabilidad del solicitante.
V. ¿Cuál será el procedimiento de reembolso?
- Las empresas enviarán por correo electrónico a las agencias de empleo a la solicitud de reembolso - modelo estándar de OUG 30/2020, a los que se adjuntan:
- para las empresas en (i): certificado de emergencia azul + lista de empleados;
- para las empresas en (ii): certificado de emergencia amarillo + declaración bajo su propia responsabilidad + lista de empleados.
- Las solicitudes se presentarán en el mes en curso para el pago de la asignación del mes anterior;
- El pago de las prestaciones del seguro de desempleo se efectuará a más tardar 30 días después de la presentación de los documentos.
VI. Tratamiento fiscal de la desgravación
- La asignación bruta del presupuesto del Estado está sujeta a las cotizaciones sociales de retención y al impuesto sobre la renta (CAS+CASS+IV);
- No se debe contribuir al seguro de trabajo (CAM).