Referencias: GD 238/2022; Orden ANAF No. 162/2022 OPANAF 98/2022
1. Reorganización del Ministerio de Hacienda y la Agencia Nacional de Administración Fiscal
En el Boletín Oficial No. 167 del 18 de febrero de 2022, la Decisión del Gobierno núm. 238 del 16 de febrero de 2022 para la modificación y finalización de la Decisión del Gobierno n. 34/2009 sobre la organización y funcionamiento del Ministerio de Hacienda Pública, así como para la modificación y finalización de la Decisión del Gobierno núm. 520/2013 sobre la organización y funcionamiento de la Agencia Nacional de Administración Fiscal.
Los principales cambios que trae este acto normativo son:
- Asumir la actividad de resolución de los recursos interpuestos contra los títulos de deuda, así como de otros actos administrativo-fiscales emitidos por el órgano central tributario, asumiendo los cargos y su personal conexo de ANAF.
- Asumir la actividad relativa a la emisión de soluciones tributarias individuales anticipadas desde ANAF.
- Establecimiento de la Autoridad Aduanera de Rumania bajo la subordinación del Ministerio de Finanzas.
- Representación del Estado ante los tribunales, como sujeto de derechos y obligaciones respecto de las relaciones jurídicas fiscales y aduaneras derivadas de la actividad de resolución de los recursos interpuestos contra los títulos de deuda, así como de otros actos administrativos fiscales emitidos por el órgano tributario central.
- Eliminación del deber relativo a la actividad de resolución de los recursos interpuestos contra los títulos de deuda, así como de otros actos administrativo-fiscales emitidos por el organismo tributario central e introduciendo en su lugar una nueva atribución para hacerse cargo de lo dispuesto en la Ley nº 295/2020 sobre el hecho de que ANAF, a través de las Direcciones Generales Regionales de Finanzas Públicas y la Dirección General de Administración de Grandes Contribuyentes, pueda ejercer determinadas funciones relacionadas con la actividad y el personal asumidos por la ley, establecidas por orden del Ministro de Hacienda.
- Complementar las tareas con nuevos puntos sobre la lucha contra la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios, la realización del procedimiento amistoso y la emisión anticipada de acuerdos de precios.
2. Actualización del índice de precios al consumidor que se utiliza para actualizar los anticipos en la cuenta anual del impuesto sobre la renta.
En el Boletín Oficial No. 158 de 16 de febrero de 2022, Orden núm. 162 del 10 de febrero de 2022 sobre el índice de precios al consumidor utilizado para actualizar los anticipos a cuenta del impuesto sobre la renta anual.
Esta orden establece que para el ejercicio fiscal 2022, el índice de precios al consumidor utilizado para actualizar los anticipos en la cuenta anual del impuesto sobre la renta es del 106,5%.
3. Organización del registro de compraventas de vivienda con IVA 5%
En el Boletín Oficial No. 131 de 09 de febrero de 2022 se publicó la Orden del Presidente de ANAF no 98 de 31 de enero de 2022 – para la aprobación del Procedimiento para la organización del Registro de compras de viviendas con un tipo reducido de IVA del 5%.
Los notarios (para interrogatorio y cumplimentación), así como las autoridades fiscales, tendrán acceso al registro de acuerdo con sus competencias deconformidad con la ley.
En base al registro, se verifica por parte de los notarios públicos el cumplimiento de la condición relativa a la compra con el tipo reducido de IVA del 5% de una sola vivienda cuyo valor supere la cantidad de 450.000 lei, pero no supere la cantidad de 700.000 lei, IVA excluido.
El registro lo cumplimentan los notarios públicos, en el momento de la autenticación de actos jurídicos inter vivos que tengan por objeto la transmisión del derecho de propiedad, a personas físicas, para viviendas que se entreguen con un tipo reducido de IVA del 5% (aquellas cuyo valor no exceda de 450.000 lei y aquellas cuyo valor esté entre 450.001 lei y 700.000 lei).
El registro se utiliza si el remitente del derecho de propiedad sobre la vivienda está registrado a efectos del IVA en Rumania, de conformidad con el artículo 316 del Código Fiscal, así como si su código de registro del IVA ha sido cancelado de conformidad con el artículo 316 párr. (11) lit. a), c)—e) y h) del Código Tributario.